Qué son
El artículo 50 contempla, dentro de las indemnizaciones, una cantidad equivalente a veinte días de salario por cada año de servicios prestados. Aparece en supuestos concretos, no en cualquier despido.
🔴 Por qué no te los sumamos
Porque dependen de cómo se resuelva tu caso, y eso no lo decide ni tú ni nosotros. Sumarlos a tu total te dejaría con una cifra en la cabeza que quizá no se sostenga, y con esa cifra podrías rechazar un acuerdo que sí te convenía.
La herramienta te los calcula y te los enseña aparte, señalados como condicionales. Saber que existen es útil. Contarlos como tuyos, no.
Qué hacer con esta información
Llévala a la consulta. Que un concepto sea condicional no significa que no importe: significa que depende de hechos que hay que acreditar, y quien puede valorar eso es alguien que vea tus documentos.
Fundamento legal
Lo que dice esta página se apoya en el texto vigente de la ley:
- Ley Federal del Trabajo — artículos 48, 50 — texto vigente publicado por la Cámara de Diputados
- PROFEDET — la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo asesora y representa sin costo
- Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral — donde se presenta la solicitud de conciliación
Sitio independiente. No pertenece al IMSS, a la STPS ni a PROFEDET. Una estimación no sustituye la revisión de tu caso por una persona abogada.
Por Omnidata — Investigación y desarrollo del sistema. No es abogado: esta guía cita la ley y no sustituye asesoría jurídica.
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