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Vacaciones que no tomé: ¿me las tienen que pagar?

Sí. Las vacaciones que generaste y no disfrutaste se pagan en dinero cuando terminas. Lo que sí tiene matices es cuántos años hacia atrás alcanzas a reclamar.

Criterio no cerrado

Aquí los tribunales todavía no tienen un criterio único. Hasta dónde alcanza el reclamo de vacaciones acumuladas de varios años, y cómo se calcula el periodo que cruza la reforma de 2023.

  • Una lectura sostiene que solo puede reclamarse lo correspondiente al último periodo generado más el año de prescripción del artículo 516.
  • Otra sostiene que el derecho a disfrutarlas nace al cumplirse el año (artículo 81) y que la prescripción corre desde ahí, lo que alcanza más periodos hacia atrás.

Qué hacemos con eso: La herramienta usa la interpretación intermedia y te muestra por separado lo que queda fuera, con su importe, para que puedas preguntarlo. No elegimos por ti la lectura que más suma.

Cuántos días te corresponden

Desde la reforma publicada el 27 de diciembre de 2022 —vigente desde 2023—, el artículo 76 reconoce doce días al cumplir el primer año, y dos días más por cada año siguiente hasta llegar a veinte. A partir del sexto año, aumentan dos días por cada cinco años de servicio.

Antes de esa reforma la tabla empezaba en seis días. Si tu relación laboral es anterior a 2023, tus primeros años se calculan con la tabla vieja y los posteriores con la nueva.

La prima vacacional va aparte

El artículo 80 reconoce una prima de al menos el veinticinco por ciento sobre el salario de los días de vacaciones. Se paga además de las vacaciones, no en lugar de ellas.

Declara los días que sí tomaste

Es importante: si tomaste vacaciones y no lo indicas, cualquier cálculo las contará como pendientes y te dará una cifra más alta de la que en realidad te corresponde. Una cifra inflada no te ayuda: te lleva a negociar sobre algo que no se sostiene.

Fundamento legal

Lo que dice esta página se apoya en el texto vigente de la ley:

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Por Omnidata — Investigación y desarrollo del sistema. No es abogado: esta guía cita la ley y no sustituye asesoría jurídica.

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Lo que el sistema hace con esta regla

No convierte una posibilidad en una certeza.

Conserva la base salarial, el periodo y los supuestos utilizados, y declara lo que no puede sostener.

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Fundamento: Ley Federal del Trabajo, artículos 76, 78, 79, 80, 81, 516. PROFEDET orienta y representa de forma gratuita a las personas trabajadoras: gob.mx/profedet.

Siguiente paso

Usa la guía para entender. Usa el sistema para organizar tu caso.

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